CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA
REUNIDOS: Don ( ), mayor de edad, con D.N.I. ( ), vecino de ( ), con domicilio en calle ( ); De una parte; y Don ( ), mayor de edad, con D.N.I. ( ), vecino de ( ), con domicilio en calle ( ), de otra, acuerdan celebrar un CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, atendiendo a las siguientes: CLASULAS: I- Que Don ( ), arrendador, es propietario de la vivienda siguiente (describir) que se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad de ( ), con el número ( ) del libro( ). II- Que el arrendador cede en arrendamiento la casa descrita a Don ( ), arrendatario, para satisfacer la necesidad permanente de vivienda de este. III- El arrendamiento tendrá una duración de ( ) años a partir de la fecha de hoy, en la que se pone al arrendatario en posesión de la vivienda y de las llaves de acceso a la misma. IV- El precio del arrendamiento será de ( ) pesetas mensuales, actualizándose la renta conforme al IPC. V- En el plazo de los sietes primeros días de cada mes, el arrendatario deberá ingresar la renta mensual en el número de cuenta de Don ( ) tiene abierta en la Entidad Bancaria ( ), sucursal ( ). VI- El arrendatario deberá usar la vivienda arrendada como diligente padre de familia, destinándola al uso pactado. VII- El arrendador está obligado a realizar todas las reparaciones necesarias a fin de conservar la vivienda en estado de servir para el uso al que ha sido destinado, sin tener derecho a elevar la renta por ello, así como a mantener al arrendatario en el goce pacifico del arrendamiento por todo el tiempo del contrato. VIII- El arrendador y el arrendatario podrán pedir la rescisión del contrato y la indemnización de daños y perjuicios cuando la otra parte incumpla sus obligaciones, o bien sólo esto último, dejando el contrato subsistente. IX- El arrendatario podrá desistir del contrato, preavisando al arrendador con una antelación mínima de dos meses, e indemnizándole con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir, dando lugar los periodos de tiempo inferiores al año a la parte proporcional de indemnización. (Ello lo recoge la ley para el caso de que los contratos sean de duración superior a cinco años y que hubiese durado al menos cinco años) X- El arrendatario debe devolver la vivienda, al concluir el arriendo, tal como la recibió, salvo lo que hubiese perecido o se hubiera menoscabado por el tiempo o por causa inevitable. XI- En cuanto a la cesión del contrato y subarriendo quedan prohibidos para el arrendatario. XII- El arrendatario entrega en este caso la cantidad correspondiente a ( ) meses de renta, en concepto de fianza, suma que deberá devolverse en el plazo de un mes a contar desde el día en que se devuelvan las llaves al arrendador. XIII- En caso de venta de la vivienda arrendada el arrendatario tendrá derecho de adquisición preferente sobre la misma, conforme a lo establecido en la Ley 29/94 de 24 de Noviembre, de Arrendamientos Urbanos. (La Ley permite la renuncia a los derechos de tanteo y retracto cuando los contratos sean de duración superior a cinco años). XIV- Tendrá lugar la resolución de pleno derecho del contrato, cuando el arrendatario incumpla su obligación de pago de la renta, así cuando tengan lugar actividades molestas, insalubles, nocivas, peligrosas o ilícitas, y cuando se incumpla por parte del arrendatario lo dispuesto en el apartado anterior respecto a la cesión y el subarriendo. XV- En el caso de fallecimiento del arrendatario se subroga en el contrato su cónyuge, Doña ( ), sin que el arrendamiento quede extinguido. XVI- El presente documento podrá ser elevado a documento público notarial e inscrito en el Registro de la Propiedad, en su caso, a instancia de cualquiera de las partes, corriendo por cuenta de está los gastos que ello ocasione. XVII- En todo lo no dispuesto en el presente contrato se estará a lo dispuesto en el Código Civil, en sus arts.1542 y siguientes, y en la Ley 29/94 de 24 de Noviembre, de Arrendamientos Urbanos. XVIII- Para cualquier problema acerca del cumplimiento de este contrato, se someten ambas partes a la Jurisdicción de los Tribunales de ( ) , renunciando expresamente al fuero propio. Dando fe, firman las partes el presente contrato de ARRENDAMIENTO, por duplicado, constando cada ejemplar de ( ) folios por una sola cara.
En la Ciudad de ( ) a ( ) de ( ). |